Derecho Bancario

CLÁUSULA SUELO

La Cláusula Suelo en un contrato de crédito hipotecario es una limitación mínima del Tipo de Interés que afecta directamente a la cantidad que usted paga por su crédito y que figura en el documento de formalización de la misma.Si tiene una Cláusula Suelo en su crédito hipotecario, por mucho que bajen los tipos de interés, usted seguirá pagando la misma cuota y no podrá beneficiarse de las bajadas de los tipos de interés.

En García Oteo, Abogados somos expertos en derecho bancario y tenemos la firme convicción de que podemos ayudarle con las Cláusulas Suelo que se reflejan en su préstamo de hipotecario.


¿HAY SENTENCIAS CONTRA LA CLAUSULA SUELO?

El día 19 de marzo del 2013 el Tribunal Supremo ha declarado nulas las cláusulas suelo de las hipotecas sólo en los casos de falta de transparencia, es decir cuando el banco no informaba al cliente de las mismas. Sin embargo, ha afirmado que esta decisión no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas hasta el momento. Esta declaración no implica la nulidad de las cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores. En los últimos años se han dictado muchas sentencias favorables a la nulidad de la cláusula suelo en juzgados de lo mercantil y audiencias provinciales. En las sentencias también se establecía que los afectados recuperaran las cantidades pagadas de más.

Así, el Tribunal Supremo anuló en 2010 cinco cláusulas impuestas por bancos en la contratación de hipotecas al considerarlos “abusivos”, “desproporcionados” o “confusos” a raíz de una denuncia de la OCU.

Este hecho abrió la puerta a otras sentencias y desde entonces, las sentencias en juzgados de lo mercantil contra las cláusulas del suelo se han ido sumando. En todas ellas, los magistrados han recalcado que tienen un carácter “abusivo”. Así ha pasado en salas de Zamora, Albacete, Burgos, Badajoz, Marbella… Las audiencias provinciales de Barcelona, Cáceres, Burgos, Zaragoza, Alicante y Palma de Mallorca han dado la razón a los contratantes de las hipotecas y han pedido a las financieras la rectificación de la cláusula del suelo así como la devolución del dinero cobrado de más o una compensación.


¿CÓMO PUEDO ELIMINAR LA CLAUSULA SUELO?

Tenemos abierta la puerta a interponer la correspondiente demanda judicial para solicitar la anulación de la cláusula suelo de su hipoteca y conseguir que deje de aplicarse durante el resto de vida de su crédito en base a los siguientes argumentos:

  • El Tribunal Supremo acepta que en los casos de falta de transparencia en la información facilitada por el Banco a los clientes la cláusula es viable solicitar judicialmente con éxito la anulación de dicha cláusula. En el 99% de los contratos de crédito en España, las cláusulas suelo están incluidas de una manera encubierta y muy poco clara. – No es suficiente que la entidad financiera haga constar en la escritura de hipoteca la cláusula suelo, sino que la entidad financiera debe facilitar al cliente información específica sobre dicha cláusula.

  • No es recomendable instar una demanda colectiva por cuanto la anulación de la cláusula suelo va a depender del análisis y valoración relativo a la información concreta y especifica que el Banco ha facilitado a cada cliente respecto a la expresada cláusula de su hipoteca, lo que implica que solo será anulada si en ese caso concreto, el Tribunal determina que dicha información ha sido insuficiente y que el cliente desconocía la trascendencia de dicha cláusula.

  • El cliente puede acudir a los Tribunales con todas las posibilidades de éxito, si se considera engañado por el Banco, por haberse enterado de la existencia y del funcionamiento de la cláusula suelo, no en el momento de firmar su hipoteca, sino en el momento en que el Banco comenzó a cobrarle el sobreprecio, sobre el tipo de interés más el diferencial pactado.

De igual modo, queremos detenernos en un aspecto que suele preocupar a los afectados, y que creemos que tal vez no ha sido tratado adecuadamente en algunos medios. Nos referimos a la devolución de las cantidades ya satisfechas. En este sentido, interesa destacar que con esta sentencia, el Tribunal lo único que hace es cerrar la puerta a las devoluciones de dinero automáticas. Lo único que tienen que hacer los afectados es acudir a los Tribunales para interponer una demanda individual solicitando la anulación de la cláusula suelo, así como la devolución de las cantidades abonadas.

Es más, lo que ha hecho el Tribunal Supremo con tal pronunciamiento es poner sobre la mesa las pautas para llevar a cabo la reclamación, marcarnos una hoja de ruta en la que se arbitre la interposición de demandas individuales como la única vía que tienen los afectados por la cláusula suelo para conseguir la nulidad de la misma y la devolución de las cantidades indebidamente pagadas.